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La prueba, no el cargo

La prueba, no el cargo

Cada vez que la Fiscalía General de la República detiene a un político, la discusión se va al mismo lugar: ¿es justicia o es persecución? Es la pregunta equivocada, o al menos está incompleta. La pregunta correcta es más aburrida y más útil: qué hechos se le imputan, de cuándo datan y con qué pruebas.

Durante años el reproche a la Fiscalía encabezada por Alejandro Gertz Manero, hoy embajador, fue la inacción en asuntos de interés nacional. No que persiguiera de más, sino que no se moviera. Desde diciembre de 2025, cuando el Senado designó a Ernestina Godoy con 97 votos, ese señalamiento cambió de signo: ahora se le reprocha lo contrario.

Conviene entonces mirar los dos casos que provocan el debate.

El 16 de julio, Ernesto Ruffo Appel fue detenido en Ensenada. Una semana después, tras audiencias que se extendieron más de treinta horas, un juez lo vinculó a proceso junto con siete personas más por delincuencia organizada, contrabando y delitos en materia de hidrocarburos. Permanece en el penal del Altiplano. De acuerdo con la FGR, la red importaba gasolina y diésel desde Texas declarando apenas el diez por ciento del volumen real, con un daño fiscal calculado en más de cuatro mil millones de pesos solo entre enero y julio de 2025.

El 6 de agosto fue detenido Ángel Aguirre Rivero, exgobernador de Guerrero. Al día siguiente un juez le dictó prisión preventiva. Se le acusa de desaparición forzada y delitos contra la administración de justicia; en concreto, de haber ordenado desaparecer las grabaciones del Palacio de Justicia de Iguala que registraron la detención de estudiantes la noche del 26 de septiembre de 2014.

Ahí está el punto que suele saltarse. Los hechos de un caso son de 2025 y los del otro, de 2014. Ninguna de las dos carpetas se abrió el mes pasado ni se arma en una semana: son años de peritajes, declaraciones, cruces bancarios y aduanales, y el trabajo de decenas de servidores públicos que no aparecen en ninguna conferencia. Explicar todo eso diciendo “es que son políticos” no explica nada. Y en el caso de Iguala, borra a las 43 familias que llevan casi doce años esperando una respuesta.

Dicho esto, hay que ser igual de rigurosos hacia el otro lado. Vinculación a proceso no significa culpabilidad: significa que un juez encontró datos suficientes para que la investigación continúe bajo control judicial. La sentencia vendrá después, o no vendrá. Y la prisión preventiva no es un castigo anticipado, es una medida cautelar. Tanto Ruffo como Aguirre conservan íntegra la presunción de inocencia, y quien defienda el Estado de derecho tiene que defenderla también cuando el acusado le cae mal.

Queda la parte incómoda del argumento, la que no conviene esquivar si uno quiere sostenerlo en serio. Una fiscalía no demuestra que es jurídica y no política por a quién detiene, sino por a quién no deja de investigar.

Ahí están los expedientes que siguen en el aire. El gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, fue señalado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos el 29 de abril; la FGR abrió carpeta, lo citó a declarar y él compareció. No está imputado. Adán Augusto López Hernández acumula señalamientos públicos que tampoco han derivado en imputación. Puede que no haya elementos, y si es así hay que decirlo con todas sus letras. Lo que no puede pasar es que esas carpetas se queden en el limbo sin explicación, porque entonces la sospecha de selectividad deja de ser propaganda y se vuelve razonable.

Lo exigible es concreto y no viola ningún secreto ministerial. Primero, que la FGR informe con periodicidad el estado procesal de las carpetas abiertas contra servidores públicos en funciones: si se judicializaron, si se archivaron y por qué. Segundo, que explique el criterio con el que solicita prisión preventiva, para que no dependa del perfil del imputado. Tercero, que los plazos sean comparables entre casos comparables.

Un asunto no se vuelve político porque el imputado lo sea. Se vuelve político cuando la decisión de investigarlo, o de no hacerlo, se toma por lo que la persona representa y no por lo que el expediente contiene. Esa diferencia no se defiende con discursos: se defiende con expedientes que cualquiera pueda revisar.

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